El Consejo de Ministros del 24/05/2013 aprobó el Anteproyecto de Ley de Emprendedores. 

Estas son las novedades en materia Fiscal y de Seguridad Social de la futura Ley de Emprendedores:

Recordamos que es un anteproyecto, por lo que no se aprobará y entrará en vigor hasta dentro de unos meses, y puede sufrir modificaciones.


Medidas Fiscales:

1.  IVA de caja para autónomos y PYMES.

-  Se crea un régimen especial  mediante el cual Pymes y Autónomos podrán elegir no pagar el IVA hasta que lo cobren.
-  De igual manera no podrán deducir el IVA de las compras y gastos hasta que paguen esas facturas.
-  Podrán acogerse los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones no supere los 2 millones de euros, no incluidos en el régimen de módulos.
-  Advertimos de la dificultad que supondrá aplicar este régimen, del que probablemente queden fuera muchas empresas y autónomos, en especial a quienes tengan relaciones comerciales con grandes empresas. Veremos si corrigen este problema antes de que entre en vigor, os iremos informando.
-  Entrará en vigor el 1 de enero de 2014.

 2.  Incentivos a la inversión de beneficios

-  Las empresas y autónomos con un volumen de negocio inferior a diez millones de euros podrán deducirse hasta un 10% de los beneficios que se hayan obtenido en el período impositivo que se reinviertan en la actividad económica.

3.  Incentivos fiscales a la calidad del crecimiento a través de la innovación empresarial

-  Las deducciones por I+D+I que puedan aplicarse en un ejercicio podrán recuperarse mediante un sistema de devoluciones. La deducción no se condiciona a ningún límite en la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades.

 

4.  Incentivos fiscales para la cesión de activos intangibles (“Patent Box”)

-  Ampliación de los incentivos para algunos activos intangibles (Patent Box). Se pretende que el incentivo recaiga sobre la renta neta derivada del activo cedido y no sobre los ingresos procedentes del mismo. Se aumenta la deducción al 60% y se elimina el límite máximo de la deducción.

 

5.  Incentivos fiscales a los “business angels”

-  Se introduce la figura del “Business Angel” para proveer de capital privado a las empresas de nueva o reciente creación con la finalidad de impulsar la actividad emprendedora:
-  Deducción del 20% en la cuota estatal en el IRPF con motivo de la inversión realizada al entrar en la sociedad. La base máxima de la deducción será de 20.000 euros anuales.
-  Exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, en el caso de que se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.

 

Medidas Seguridad Social:

1.  Reducciones en las cuotas a la Seguridad Social en caso de Pluriactividad.

2.  Nuevo Libro de Visitas Electrónico para las Inspecciones de Trabajo.


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